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Corte de Cotopaxi anula parcialmente proceso por presunta delincuencia organizada contra exprefecto Jorge Guamán

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El pasado lunes 21 de julio, la presidenta de la Corte Provincial de Justicia de Cotopaxi, Fátima Cedeño, determinó la nulidad parcial del proceso penal que investigaba al exprefecto de Cotopaxi, Jorge Guamán, así como a otras nueve personas, bajo la acusación de presunta delincuencia organizada. Esta decisión implica que se invalida todo lo actuado desde el 15 de septiembre de 2021, a las 09:08, momento en que la Fiscalía activó formalmente la acusación.

Jueza anuló parcialmente el caso de Guamán.


La jueza Fátima Cedeño argumentó que hubo vulneraciones al debido proceso durante la fase de investigación fiscal, lo que llevó a anular parcialmente el caso y levantar las medidas contra los implicados. Además, se ordenó levantar tanto las medidas cautelares personales como las restricciones de movilidad, como las reales que podían implicar la retención de bienes que pesaban sobre los implicado. Esto libera a los procesados de obligaciones y restricciones que se habían mantenido desde el inicio del proceso.

El proceso judicial había comenzado en julio de 2022 tras una denuncia que señalaba la existencia de una red delictiva en varios cantones de Cotopaxi como Latacunga, La Maná, Salcedo y Pujilí la cual supuestamente era coordinada por funcionarios públicos y personas afines al exgobernante provincial.

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En su resolución, la jueza Cedeño invocó principios como la especificidad, la no convalidación y la trascendencia, estableciendo que existieron falencias graves en el procedimiento fiscal que generaron indefensión en los acusados. Estas deficiencias incluyen la falta de notificación adecuada y la violación del derecho a contar con pruebas pertinentes, preparar defensas oportunas y acceder a la totalidad del expediente.

Según la valoración de la jueza, dichas irregularidades atentan contra garantías constitucionales y penales, especialmente las establecidas en el artículo 76 de la Constitución, y los artículos 168 y 169 del Código Orgánico de la Función Judicial, además de contravenir la figura del juez natural. Por ello, lo actuado después del 15 de septiembre de 2021 se considera inválido.

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La Fiscalía provincial, representada por el fiscal Julio Ponce, ya ha apelado esta resolución. El procedimiento había avanzado tras tres años de instrucción fiscal, y ahora se abre un nuevo capítulo judicial, con la posibilidad de reiniciar las actuaciones o incluso archivar la causa, dependiendo de la decisión que adopte la Corte.

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